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Bartolomé Quero de Sevilla
Jueves, 09 de Enero de 2025 Actualizada Jueves, 09 de Enero de 2025 a las 11:11:34 horas

La injusticia de la Justicia

La Justicia en nuestro país necesita una reforma estructural profunda, pues como dice el tópico, la Justicia, si es lenta, no es Justicia.
El Ministerio de Justicia, consciente del problema, lleva varios años intentando darle solución, pero la verdad, los que estamos a pie de calle, no vemos la luz al final del túnel.
Mi andadura profesional, primero como Juez y después como Abogado, se inició allá por el año 1983 en los Juzgados de Jaén.
En aquellas fechas, los Juzgados y Tribunales, con muchísimos menos funcionarios de los que hay ahora, tramitaban los asuntos en un plazo prudencial.
Es cierto que los asuntos que se judicializan han aumentado a pasos agigantados, pero también han ido aumentando, aunque a pasos más cortitos, las plantillas de las oficinas judiciales.
Cierto que hay Juzgados que funcionan, en tiempo, razonablemente, pero la mayoría suponen un calvario para los profesionales y sobre todo para el administrado.
No puede ser que una reclamación de una deuda, que el deudor no paga voluntariamente, tarde años en cobrarse. Cuando consigues llegar a la parte del pleito que te permite acudir al embargo de bienes del moroso, pues, o bien ya está arruinado completamente, o bien, si se trata de una empresa, esta ha desparecido.
El Ministerio, consciente de ello, se inventó las denominadas Oficinas Judiciales, en las que existe una sección, llamada Servicio de Ejecuciones que se encarga de llevar a cabo los embargos de los morosos hasta que consigue cobrarles y entregar el dinero al acreedor. Pero también están colapsadas.
Y al fin y al cabo los Juzgados y Tribunales de Extremadura funcionan con tiempos razonables, en general, salvo alguna excepción. Ahora bien, en lo que respecta a los de Andalucía, mejor que no te toque tramitar allí ningún procedimiento, pues puedes desesperarte de ver como tu demanda tardan más de seis meses, en el mejor de los casos, solo en conocer su existencia. Luego pueden tardar algunos meses mas en que el deudor tenga conocimiento de ella; luego el Juicio puede señalarse para otros seis meses después, luego la sentencia... y así hasta que pasan, en algunos casos, varios años , antes de que el asunto entre en la sección de Ejecuciones que tardará otros seis meses, como mínimo en  averiguar si el condenado en la sentencia, tiene alguna cuenta en el banco o alguna propiedad para embargarle y si además tienes que ir a la subasta, échale otro año como mínimo para cobrar con el dinero obtenido en ella.
Moraleja, “más vale un mal acuerdo que un buen pleito”

 

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