La reforma de la Justicia
El Gobierno de la nación lleva varios años trabajando en el denominado Proyecto Justicia 2030, que conlleva una serie de reformas legislativas que afectarán sobremanera a la actual estructura de los Órganos Judiciales. Hay que tener en cuenta que la última norma relativa a la estructura Judicial fue la Ley Orgánica del poder Judicial que se promulgó allá por el año 1985, o sea que han transcurrido casi 40 años.
Lógicamente en estos 40 años, han cambiado muchas cosas en este ámbito, por lo que ya se hace necesario adaptar el funcionamiento de la Justicia a la realidad actual y eso es lo que pretende le Gobierno actual.
Son muchas las reformas que se pretenden hacer, como por ejemplo que los actuales Juzgados de Paz, que existen en pueblos pequeños, pasen a convertirse en unas Oficinas de Justicia. Las funciones de los actuales Juzgados de Paz han quedado limitadas a actuaciones relacionadas con el Registro Civil (certificados de defunción, nacimiento matrimonio, etc,) y a cumplimentar diligencias que reciben de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción que existen en los pueblos mas grandes. Con la reforma, se pretende que esta Oficina de Justicia ofrezca un servicio eficaz y más completo que el actual al ciudadano, de tal forma que para cualquier actuación judicial, no tenga que desplazarse a otra ciudad distinta a la de su residencia.
AsÃ, entre otros servicios, estas Oficinas de Justicia que van a implantarse en los pueblos donde no existe Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, ofrecerÃan al administrado/a información general del estado de tramitación de procesos judiciales, posibilidad de realización de cualquier gestión de Ãndole procesal con cualquier órgano judicial, posibilidad de ofrecer en sus instalaciones puntos de acceso a personal judicial que preste servicios en cualquier órgano judicial del territorio español, practicar actos de comunicación procesal con ciudadanos residentes en el municipio, facilitar el acceso de los ciudadanos al Registro Civil, etc.
En las ciudades donde existen Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, como ocurre en Montijo, serán sustituidos por Tribunales de Instancia, donde en lugar de haber un Juez en cada Juzgado, se van a unir, conformándose como un órgano colegiado, donde ya no se va a dar el caso de que un mismo asunto, tarde más o menos tiempo en resolverse en función del Juzgado en el que se tramite; esto facilitará que los Jueces puedan sustituirse entre ellos, eliminado asà a los Jueces Sustitutos o interinos.
Se pretende que este proyecto de reforma esté implantado para el próximo año 2030, pero me temo que, como otras muchas reformas, se alargará mas allá de ese año. En fin; en todo caso les honra la intención. Saludos.
El Gobierno de la nación lleva varios años trabajando en el denominado Proyecto Justicia 2030, que conlleva una serie de reformas legislativas que afectarán sobremanera a la actual estructura de los Órganos Judiciales. Hay que tener en cuenta que la última norma relativa a la estructura Judicial fue la Ley Orgánica del poder Judicial que se promulgó allá por el año 1985, o sea que han transcurrido casi 40 años.
Lógicamente en estos 40 años, han cambiado muchas cosas en este ámbito, por lo que ya se hace necesario adaptar el funcionamiento de la Justicia a la realidad actual y eso es lo que pretende le Gobierno actual.
Son muchas las reformas que se pretenden hacer, como por ejemplo que los actuales Juzgados de Paz, que existen en pueblos pequeños, pasen a convertirse en unas Oficinas de Justicia. Las funciones de los actuales Juzgados de Paz han quedado limitadas a actuaciones relacionadas con el Registro Civil (certificados de defunción, nacimiento matrimonio, etc,) y a cumplimentar diligencias que reciben de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción que existen en los pueblos mas grandes. Con la reforma, se pretende que esta Oficina de Justicia ofrezca un servicio eficaz y más completo que el actual al ciudadano, de tal forma que para cualquier actuación judicial, no tenga que desplazarse a otra ciudad distinta a la de su residencia.
AsÃ, entre otros servicios, estas Oficinas de Justicia que van a implantarse en los pueblos donde no existe Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, ofrecerÃan al administrado/a información general del estado de tramitación de procesos judiciales, posibilidad de realización de cualquier gestión de Ãndole procesal con cualquier órgano judicial, posibilidad de ofrecer en sus instalaciones puntos de acceso a personal judicial que preste servicios en cualquier órgano judicial del territorio español, practicar actos de comunicación procesal con ciudadanos residentes en el municipio, facilitar el acceso de los ciudadanos al Registro Civil, etc.
En las ciudades donde existen Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, como ocurre en Montijo, serán sustituidos por Tribunales de Instancia, donde en lugar de haber un Juez en cada Juzgado, se van a unir, conformándose como un órgano colegiado, donde ya no se va a dar el caso de que un mismo asunto, tarde más o menos tiempo en resolverse en función del Juzgado en el que se tramite; esto facilitará que los Jueces puedan sustituirse entre ellos, eliminado asà a los Jueces Sustitutos o interinos.
Se pretende que este proyecto de reforma esté implantado para el próximo año 2030, pero me temo que, como otras muchas reformas, se alargará mas allá de ese año. En fin; en todo caso les honra la intención. Saludos.