Viernes, 07 de Noviembre de 2025

Actualizada Jueves, 06 de Noviembre de 2025 a las 13:58:20 horas

Bartolomé Quero de Sevilla
Miércoles, 10 de Abril de 2024 Actualizada Miércoles, 10 de Abril de 2024 a las 13:33:58 horas

Infracciones leves en la ITV

La posesión de un vehículo automóvil antaño era cosa de ricos, pero hoy en día, hay casas en las que existen, como mínimo dos vehículos, y, en algunos casos, hasta tres y cuatro.
Las leyes se van adaptando a los nuevos tiempos y en la época del seiscientos, (para los que no lo han conocido, sobre los años 70 del siglo pasado) apenas había normas obligatorias referidas a la seguridad de los coches.
Yo recuerdo de niño, que el Seiscientos que tenía mi padre, de vez en cuando, recomendaban por televisión, (digo bien, recomendaban, porque no era obligatorio), la regulación de la altura de los faros, para no deslumbrar por la noche a los demás usuarios de las vías, y además, después te ponían una pegatina en el cristal trasero que justificaba que ese vehículo había efectuado esa regulación, pero ya digo, no era obligatoria.
Los tiempos han cambiado mucho, y hoy en día, todos los que tenemos un vehículo a motor, tenemos una cruz, como mínimo cada dos años, que es pasar la ITV, una vez que el vehículo ha cumplido los cuatro años.
En realidad, la cosa sigue siendo de ricos, pues estos cambian los coches cada cuatro años y no tienen este sufrimiento que padecemos los demás.
Cuando llevamos el coche a la ITV, puede ocurrir que el coche presente unos defectos considerados graves, como neumáticos desgastados, luces que no funcionan, frenos en mal estado, etc y nos echen para atrás hasta que volvamos a llevar el vehículo con los defectos arreglados.
Pero hay otras veces que si los defectos que presenta el vehículo son considerados como leves, como por ejemplo tener mal las escobillas del limpiaparabrisas, tener fundida la luz de matrícula, o cosas similares, la ITV hace constar esos defectos en el documento y además en la ficha del vehículo que tienen en sus ordenadores, y, nos dan la pegatina por uno o dos años y nos dejan marchar.
Nosotros nos vamos tan contentos porque hemos pasado la revisión, pero lo que no saben muchos (yo tampoco lo sabía) es que tenemos dos meses desde ese día para arreglar esos defectos leves y si transcurrido ese plazo no lo hemos hecho, puesto que la Guardia Civil de Tráfico tiene acceso a la ficha del vehículo, nos pueden sancionar con una multa que puede llegar hasta los 200 euros.
Por ello, quizá nos resulte más barato reponer esa bombilla fundida o las escobillas del limpiaparabrisas, porque nos va a salir mucho más barato que la cantidad que nos depara la multa.
Saludos.

 

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.