El móvil en la mano
El pasado 21 de Marzo entró en vigor la Ley 18/2021 de 20 Diciembre que ha supuesto la reforma de la Ley de Seguridad Vial y que endurece las sanciones en materia de tráfico y modifica determinados apartados de la Ley, en aspectos como el uso del móvil, la recuperación de puntos del carné, el no poder rebasar la velocidad permitida al adelantar, etc..
Hoy, en relación con el uso del teléfono móvil, les voy a dar algunos consejos, primero para evitar sanciones no deseadas y segundo para no entrar en discusión con los Agentes que les denuncien y que acabe en un hecho más grave.
El uso del móvil mientras conducimos hace tiempo que está prohibido, si bien hasta ahora solo restaba 3 puntos del carné y a partir de esta reforma, descontará 6.
Hay que tener en cuenta que con la reforma de la Ley, no solo es sancionable llevar el móvil en la oreja, ni en la mano con el manos libres activado, sino que se sanciona siempre que se circule sujetando el móvil con la mano, independientemente de si se está en movimiento o no.
Así, esa costumbre que tenemos algunos de, cuando estamos detenidos en un semáforo o en un atasco, aprovechar para contestar los mensajes de Whatsapp o mirar correos y otros mensajes, también es sancionable, ya que se considera, en ambos casos, que se está en circulación, aunque el vehículo, momentáneamente esté detenido.
Hay que tener en cuenta que el espíritu de esta norma es evitar la distracción al volante. Por ello, aun cuando llevemos el móvil anclado a algún soporte sobre el salpicadero, si el Agente nos ve manipularlo, también nos podrá sancionar, como ocurre con los navegadores que traen los vehículos incorporados, que solo pueden manipularse antes de comenzar la marcha, pues resulta evidente que si nos ponemos a manipular el móvil o el GPS mientras estamos circulando, no estaremos atendiendo a la circulación y ya sabemos que con los coches, en un segundo de distracción se puede ocasionar una catástrofe, y como decía D. Antonio Ortiz en la emisora de radio de Montijo, en un spot en conjunto con la Policía Local, en estos casos, no hay segunda oportunidad.
En definitiva, creo que la norma es bastante clara a este respecto, por lo que lo mejor que podemos hacer es echar el móvil al asiento trasero, pues nada es tan urgente como para estar mirando cada vez que suena una notificación, y, si algún Agente de la Guardia Civil o de la Policía Local, nos denuncia por hacer algún acto con el móvil o el GPS de los que acabo de relatar, pues no nos pongamos a discutir con ellos, tendrán razón.
El pasado 21 de Marzo entró en vigor la Ley 18/2021 de 20 Diciembre que ha supuesto la reforma de la Ley de Seguridad Vial y que endurece las sanciones en materia de tráfico y modifica determinados apartados de la Ley, en aspectos como el uso del móvil, la recuperación de puntos del carné, el no poder rebasar la velocidad permitida al adelantar, etc..
Hoy, en relación con el uso del teléfono móvil, les voy a dar algunos consejos, primero para evitar sanciones no deseadas y segundo para no entrar en discusión con los Agentes que les denuncien y que acabe en un hecho más grave.
El uso del móvil mientras conducimos hace tiempo que está prohibido, si bien hasta ahora solo restaba 3 puntos del carné y a partir de esta reforma, descontará 6.
Hay que tener en cuenta que con la reforma de la Ley, no solo es sancionable llevar el móvil en la oreja, ni en la mano con el manos libres activado, sino que se sanciona siempre que se circule sujetando el móvil con la mano, independientemente de si se está en movimiento o no.
Así, esa costumbre que tenemos algunos de, cuando estamos detenidos en un semáforo o en un atasco, aprovechar para contestar los mensajes de Whatsapp o mirar correos y otros mensajes, también es sancionable, ya que se considera, en ambos casos, que se está en circulación, aunque el vehículo, momentáneamente esté detenido.
Hay que tener en cuenta que el espíritu de esta norma es evitar la distracción al volante. Por ello, aun cuando llevemos el móvil anclado a algún soporte sobre el salpicadero, si el Agente nos ve manipularlo, también nos podrá sancionar, como ocurre con los navegadores que traen los vehículos incorporados, que solo pueden manipularse antes de comenzar la marcha, pues resulta evidente que si nos ponemos a manipular el móvil o el GPS mientras estamos circulando, no estaremos atendiendo a la circulación y ya sabemos que con los coches, en un segundo de distracción se puede ocasionar una catástrofe, y como decía D. Antonio Ortiz en la emisora de radio de Montijo, en un spot en conjunto con la Policía Local, en estos casos, no hay segunda oportunidad.
En definitiva, creo que la norma es bastante clara a este respecto, por lo que lo mejor que podemos hacer es echar el móvil al asiento trasero, pues nada es tan urgente como para estar mirando cada vez que suena una notificación, y, si algún Agente de la Guardia Civil o de la Policía Local, nos denuncia por hacer algún acto con el móvil o el GPS de los que acabo de relatar, pues no nos pongamos a discutir con ellos, tendrán razón.