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Redacción | 336
Jueves, 15 de Abril de 2021 Actualizada Jueves, 15 de Abril de 2021 a las 11:17:39 horas

Se abre el plazo para solicitar las Ayudas de Mínimos Vitales en Mérida

“Las Ayudas de Mínimos Vitales están destinadas a sufragar los suministros energéticos básicos relativos a la vivienda habitual, garantizando su cobertura en aquellos casos en los que, por falta o insuficiencia de recursos económicos, los beneficiarios no pueden hacer frente a ello” tal y como señala la delegada de servicios sociales, Catalina Alarcón.

 

El 15 de abril se abre el plazo de solicitud de estas ayudas que van a contar con una subvención de algo más de 120.000 de la Junta de Extremadura.

 

“Estas ayudas han servido para minimizar el impacto económico y social que muchas familias de nuestra ciudad están sufriendo durante esta crisis y se complementan con otras como son el Fondo de Garantía Social, Ayudas de material escolar, Ayudas al Alquiler Social, etc.” explica Catalina Alarcón.

 

“Mérida es una de las ciudades que más invierten en esta ayuda y señalan el compromiso de este gobierno con las familias más vulnerables ya que aportamos fondos propios a la inversión procedente de la administración regional” añade Catalina Alarcón.

 

Para la tramitación, resolución y agilización del procedimiento que conllevan estas ayudas el Ayuntamiento cuenta con una Oficina de Mínimos Vitales compuesta por dos trabajadoras sociales y tres administrativos.

 

En 2020 un total de 863 familias se beneficiaron de las Ayudas de Mínimos Vitales a las que se destinó un importe total de 305.000 euros de los que la Junta de Extremadura aportó 240.000 euros (en dos convocatorias) y el resto procedió de fondos propios del Ayuntamiento.

 

Las ayudas se pueden solicitar en la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sede.merida.es) y también solicitando cita previa, a través del WhatsApp 661 61 62 08, en el Registro Municipal.

 

Los beneficiarios de estas ayudas deben cumplir los siguientes requisitos:

Ser mayor de edad, huérfanos absolutos o menores emancipados por concesión judicial.

Residir en algunos de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de, al menos, 6 meses inmediatamente a la fecha de presentación de la solicitud.

Carecer de renta o ingresos insuficientes. Se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables de la unidad de convivencia obtenidos en los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y se dividirá por tres, considerándose que existen rentas o ingresos insuficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 80% del importe mensual fijado en la Ley de presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), referido a catorce pagas, incrementándose en un 8% por cada miembro de la unidad de convivencia.

  En aquella unidades de convivencia en las que haya algún miembro con discapacidad en grado igual o superior al 65% o tuvieran valorada la situación de Dependencia se incrementará un 10% por cada miembro de la unidad de convivencia.

  En casos de préstamos hipotecarios o de alquiler sobre la vivienda habitual de residencia del solicitante y de su unidad de convivencia, se deducirá un 25% sobre el total de ingresos disponibles en la unidad de convivencia, a fin de determinar la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar.

Gastos subvencionables:

Gastos de energía eléctrica y gas natural.
Gastos de agua potable, excepto el alcantarillado y basura.
• Gastos de alta y reconexión, en caso de interrupción por impago del suministro/s (energía eléctrica, gas natural y agua potable)
• Gastos de gas butano.

 

La ayuda cubre la totalidad de los conceptos facturados con independencia de su importe total y de la fecha de emisión de la factura, (siempre que ésta no haya sido abonada en su totalidad con anterioridad), con los límites siguientes: hasta dos miembros (700 €), entre 3 y 4 miembros (800 €) y 5 miembros o más (900 €).

 

El  abono de las ayudas se realizará directamente a la entidad suministradora, con excepción del gas butano que se abonará al beneficiario previa presentación de la factura correspondiente.

 

Más información en la web municipal: www.merida.es/servicios-municipales/sociales/ayudas-minimos-vitales-2021

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