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Redacción | 554
Viernes, 22 de Mayo de 2020

Puebla debe mantener las restricciones de horario derivadas por la emergencia sanitaria

La normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hoy, 22 de mayo, por la que se flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior” con una incidencia sobre poblaciones menores a 10.001 habitantes excluye a Puebla de la Calzada.

Son dos los motivos los que recoge el boletín oficial:

1.- Por tener una densidad de población superior a 100 habitantes por km/cuadrado (Puebla de la Calzada tiene 410 habitantes km/cuadrado)

2.- Por la disposición adicional única, que establece que cuando un casco urbano consolidado colinde con otro casco urbano y la suma de las dos localidades supere los 10.000 habitantes quedan exentos de esta normativa (los cascos urbanos de Puebla y Montijo suman 22.000 habitantes).

Por lo tanto se mantiene la normativa horaria para las siguientes prácticas:

• Práctica de deporte individual y paseos: de 6.00 horas a 10.00 horas y de 20.00 horas a 23.00 horas.

• Salida de personas dependientes y mayores de 70 años: de 9.00 horas a 11.00 horas y de 19.00 horas a 20.00 horas.

• Los paseos con niños, hasta 14 años: entre las 14.00 horas y las 21.00 horas.

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