2400 euros de multa y veinte meses de inhabilitación para tenencia de animales al acusado del caso Lía
![[Img #84884]](https://cronicasdeunpueblo.es/upload/images/02_2020/8276_83897082_1234226870100116_5390088814364459008_o.jpg)
El Juzgado de Montijo ha dictado sentencia sobre el caso Lía, la perra supuestamente maltratada en Montijo, condenando al denunciado por un delito leve de maltrato animal, tipificado en el artículo 337.4 del código penal y por un delito leve de abandono animal tipificado en el artículo 337 bis del código penal.
Se ha impuesto al acusado a una pena de multa de cinco meses a razón de 8 euros diarios por el delito de maltrato animal y a una pena de multa de cinco meses a razón de 8 euros diarios por el delito de abandono animal (es decir, 10 meses de multa a razón de 8 euros diarios).
Además, le ha sido impuesta la inhabilitación especial de diez meses para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales por el delito de maltrato animal. Y la inhabilitación especial de diez meses para el ejercicio de profesión, oficio y comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales por el delito de abandono animal (es decir, 20 meses de inhabilitación).
El acusado va a recurrir la sentencia.
SOS 112 Vagabundos afirma, además, que no le han concedido la responsabilidad civil, pero que la asociación piensa recurrir.
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El Juzgado de Montijo ha dictado sentencia sobre el caso Lía, la perra supuestamente maltratada en Montijo, condenando al denunciado por un delito leve de maltrato animal, tipificado en el artículo 337.4 del código penal y por un delito leve de abandono animal tipificado en el artículo 337 bis del código penal.
Se ha impuesto al acusado a una pena de multa de cinco meses a razón de 8 euros diarios por el delito de maltrato animal y a una pena de multa de cinco meses a razón de 8 euros diarios por el delito de abandono animal (es decir, 10 meses de multa a razón de 8 euros diarios).
Además, le ha sido impuesta la inhabilitación especial de diez meses para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales por el delito de maltrato animal. Y la inhabilitación especial de diez meses para el ejercicio de profesión, oficio y comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales por el delito de abandono animal (es decir, 20 meses de inhabilitación).
El acusado va a recurrir la sentencia.
SOS 112 Vagabundos afirma, además, que no le han concedido la responsabilidad civil, pero que la asociación piensa recurrir.




















