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Bartolomé Quero de Sevilla
Viernes, 04 de Octubre de 2019 Actualizada Viernes, 04 de Octubre de 2019 a las 13:55:03 horas

El vertido de purines

Entró el otoño y algunos agricultores han comenzado con el tradicional y molesto de vertido de purines como abono para sus tierras. Como ya habrán notado, el olor cuando se mueve el viento es insoportable.
El vertido de purines tiene una regulación legal que al parecer algunos agricultores no cumplen y esa es la causa de que tengamos que sufrirlo todos.
Al final del año pasado entró en vigor un Real Decreto (980/2017) que aplica una nueva normativa para la distribución de purines y efluentes provenientes de explotaciones ganaderas, según el cual la aplicación de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico, ni cañones…” y “los estiércoles sólidos deberán enterrarse después de su aplicación...” para evitar la contaminación atmosférica.
Pues se ve que en Montijo y sus alrededores no se respeta esta normativa, que según el Real Decreto referido, en caso de no observancia, puede traer consigo la pérdida de las subvenciones y ayudas de la PAC. El purín sea cual sea su origen (porcino, bovino, ovino, caprino, aviar) en su composición, presenta una carga orgánica que, por ley, se impide su  aplicación directa a campo, porque el gas que genera a la atmosfera es tan contaminante como el quemado de gomas, plásticos, etc.
Según la normativa vigente, que procede de la unión Europea, para la aplicación de los estiércoles sólidos y purines sin tratamiento previo en suelos agrícolas, se observará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de agua. Asimismo, los desechos orgánicos no deben aplicarse a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua para el consumo humano,  ni de forma que cause olores u otras molestias a los vecinos, debiendo para ello procederse a su enterramiento, si el estado del cultivo lo permite, en un periodo máximo de 24 horas.
La distancia mínima respecto a núcleos de población para la aplicación del purín sobre el terreno será de 1.000 m., pero medidos, no desde el centro del pueblo, sino desde donde acaba el casco urbano¿ Ud creen que esa distancia se respeta en Montijo o en Puebla ?
Yo me pregunto, si cuando vemos en el cielo humo negro, que como sabemos es contaminante, inmediatamente acuden las autoridades para sancionar, si procede, al responsable, porqué cuando esos olores entran en Montijo no se acude a comprobar de donde provienen y quién es el responsable?.
Desde aquí hago un llamamiento al SEPRONA, o a quien corresponda, que por favor, estos días que padecemos los nauseabundos olores derivados del vertido de purines, salgan al campo e intenten averiguar quiénes son los responsables y aunque no les sancionen, al menos que les adviertan. “Mientras tanto usaremos las mascarillas de la alergia”.

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