El Ayuntamiento de Guadiana no tendrá que quitar “del Caudillo”
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha ratificado que el Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo no está obligado a modificar el nombre del pueblo y que el catálogo de vestigios elaborado por el municipio fue aprobado por el pleno municipal y presentado en sede judicial. Con esta sentencia el TSJEx rechaza el recurso presentado por el partido socialista en lo referente al nombre de la localidad.
El tribunal se reafirma en que no se cumple el requisito previo legal para iniciar el cambio de nombre, que es tener el respaldo de una mayoría cualificada de dos tercios o en su caso de la mayoría absoluta del pleno municipal y no entra por tanto a valorar si se cumple o no la Ley de Memoria Histórica. Respecto al catálogo de vestigios el TSJEx afirma que el catálogo está hecho y aprobado en firme, por lo que da por cumplida la sentencia del caso que le abrió el abogado madrileño Eduardo Ranz.
El alcalde de Guadiana del Caudillo, Antonio Pozo, ha declarado a Crónicas de un Pueblo y esRadio que así “se demuestra nuevamente que el Ayuntamiento no incumple ninguna ley, que el nombre del pueblo es totalmente legal y no hay que cambiarlo”. Respecto a la sentencia del TSJEx que sí les obliga a retirar la placa conmemorativa y el águila de San Juan, afirma Pozo que “las sentencias del TSJEx son contradictorias y que por eso han decidido recurrir al Supremo para que aclare la cuestión y si la justicia dice que hay que retirarlos se retirarán sin ningún problema”
Por otro lado, Francisco Moreno, portavoz del PSOE local, afirma que recurrirán esta nueva sentencia y que “apurarán la ley al máximo” para que finalmente Guadiana pierda el apellido “del Caudillo”.
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha ratificado que el Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo no está obligado a modificar el nombre del pueblo y que el catálogo de vestigios elaborado por el municipio fue aprobado por el pleno municipal y presentado en sede judicial. Con esta sentencia el TSJEx rechaza el recurso presentado por el partido socialista en lo referente al nombre de la localidad.
El tribunal se reafirma en que no se cumple el requisito previo legal para iniciar el cambio de nombre, que es tener el respaldo de una mayoría cualificada de dos tercios o en su caso de la mayoría absoluta del pleno municipal y no entra por tanto a valorar si se cumple o no la Ley de Memoria Histórica. Respecto al catálogo de vestigios el TSJEx afirma que el catálogo está hecho y aprobado en firme, por lo que da por cumplida la sentencia del caso que le abrió el abogado madrileño Eduardo Ranz.
El alcalde de Guadiana del Caudillo, Antonio Pozo, ha declarado a Crónicas de un Pueblo y esRadio que así “se demuestra nuevamente que el Ayuntamiento no incumple ninguna ley, que el nombre del pueblo es totalmente legal y no hay que cambiarlo”. Respecto a la sentencia del TSJEx que sí les obliga a retirar la placa conmemorativa y el águila de San Juan, afirma Pozo que “las sentencias del TSJEx son contradictorias y que por eso han decidido recurrir al Supremo para que aclare la cuestión y si la justicia dice que hay que retirarlos se retirarán sin ningún problema”
Por otro lado, Francisco Moreno, portavoz del PSOE local, afirma que recurrirán esta nueva sentencia y que “apurarán la ley al máximo” para que finalmente Guadiana pierda el apellido “del Caudillo”.





















