El diputado J. A. Morales condenado a 1200 euros por irrumpir en un pleno
Juan Antonio Morales, exalcalde de Lobón y diputado del Partido Popular en la Asamblea de Extremadura ha sido condenado a 1.200 euros de multa y ocho días de localización permanente por interrumpir en un pleno municipal en Valencia del Ventoso en mayo del pasado años 2013. La condena ha sido impuesta por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Zafra.
Los hechos tuvieron lugar el 7 de mayo, cuando el diputado, que se encontraba entre el público que asistia al pleno extraordinario interrumpió al alcalde exigiendo que dejara hablar a la portavoz popular a la que se le había retirado la palabra. Según el alcalde, el tema ya había sido debatido y votado y habían acabado las intervenciones. Por otra parte, Juan Antonio Morales, se negó a identificarse cuando fue requerido de manera reiterada por los policías locales al abandonar el salón. El incidente juzgado fue denunciado por el alcalde, Lorenzo Suárez, y ratificado por la Policía Local de Valencia del Ventoso.
La juez ha estimado que el exalcalde de Lobón cometió dos faltas: por una parte, una perturbación leve del orden público por la que le impone una pena de ocho días de localización permanente y una multa de 600 euros. La segunda falta se trata de una desobediencia leve a agentes de la autoridad, por la que le castiga a otro multa de la misma cantidad. Con lo cual se fija una multa de 1.200 euros.
La sentencia no es firme y el diputado puede recurrir el fallo ante la Audiencia Provincial.
La sentencia rechaza el argumento presentado por Morales de que al ser diputado está aforado y no puede ser encausado por un juzgado ordinario. Según la juez, basado en el Estatuto de Autonomía, ese aforamiento que le proporciona su condición de parlamentario tiene vigencia cuando se trata de juzgar un delito, no de unas faltas, como es este caso.
Los hechos tuvieron lugar el 7 de mayo, cuando el diputado, que se encontraba entre el público que asistia al pleno extraordinario interrumpió al alcalde exigiendo que dejara hablar a la portavoz popular a la que se le había retirado la palabra. Según el alcalde, el tema ya había sido debatido y votado y habían acabado las intervenciones. Por otra parte, Juan Antonio Morales, se negó a identificarse cuando fue requerido de manera reiterada por los policías locales al abandonar el salón. El incidente juzgado fue denunciado por el alcalde, Lorenzo Suárez, y ratificado por la Policía Local de Valencia del Ventoso.
La juez ha estimado que el exalcalde de Lobón cometió dos faltas: por una parte, una perturbación leve del orden público por la que le impone una pena de ocho días de localización permanente y una multa de 600 euros. La segunda falta se trata de una desobediencia leve a agentes de la autoridad, por la que le castiga a otro multa de la misma cantidad. Con lo cual se fija una multa de 1.200 euros.
La sentencia no es firme y el diputado puede recurrir el fallo ante la Audiencia Provincial.
La sentencia rechaza el argumento presentado por Morales de que al ser diputado está aforado y no puede ser encausado por un juzgado ordinario. Según la juez, basado en el Estatuto de Autonomía, ese aforamiento que le proporciona su condición de parlamentario tiene vigencia cuando se trata de juzgar un delito, no de unas faltas, como es este caso.

















