El Gobierno de Extremadura cumplirá escrupulosamente con la legislación en el abono de la paga extra
El Gobierno de Extremadura quiere dejar claro que, como no podía ser de ninguna otra forma, cumplirá fielmente y escrupulosamente con la legislación vigente en su decisión de abonar a sus funcionarios la paga extra en enero, algo que ya anunció y explicó con claridad el presidente José Antonio Monago ayer jueves.
El Ejecutivo regional subraya asimismo que si bien la función de la
Administración nacional es velar por el cumplimiento de la normativa
básica del Estado, en el caso de Extremadura no debe ser motivo de
preocupación, porque el Gobierno autonómico ha estudiado de manera
precisa la legislación, por lo que no hará falta interponer ningún
recurso ante el Tribunal Constitucional.
El Gobierno de Extremadura desea destacar al respecto que siempre, de
manera sistemática, procede de manera escrupulosa con la legalidad y,
por supuesto, mantiene en todo momento una actitud de lealtad hacia las
decisiones del Gobierno de España.
El GobEx precisa que la paga extra de diciembre no se restituye. En
este sentido, se cumple con puridad con el RD-Ley 20/2012 y la normativa
autonómica que lo implementa (DL 2/2012), que además de recoger la
medida estatal de suspensión contempla la supresión de la paga extra a
altos cargos.
La medida normativa que se prevé aprobar supone que las dos pagas
presupuestadas se abonen antes de su devengo, anticipándose el pago de
la extra de junio a enero y la de diciembre al mes de julio,
contemplándose un horizonte temporal de tres ejercicios presupuestarios,
para que en el momento en que el Estado acuerde la restitución, de la
forma en que sea, a través de sus leyes de presupuestos, vuelva a
coincidir el devengo con el pago.
En definitiva, supone una secuencia adelantada de pagos que en la
práctica regulariza el completo abono de los derechos económicos de los
empleados públicos.
El Ejecutivo regional subraya asimismo que si bien la función de la Administración nacional es velar por el cumplimiento de la normativa básica del Estado, en el caso de Extremadura no debe ser motivo de preocupación, porque el Gobierno autonómico ha estudiado de manera precisa la legislación, por lo que no hará falta interponer ningún recurso ante el Tribunal Constitucional.
El Gobierno de Extremadura desea destacar al respecto que siempre, de manera sistemática, procede de manera escrupulosa con la legalidad y, por supuesto, mantiene en todo momento una actitud de lealtad hacia las decisiones del Gobierno de España.
El GobEx precisa que la paga extra de diciembre no se restituye. En este sentido, se cumple con puridad con el RD-Ley 20/2012 y la normativa autonómica que lo implementa (DL 2/2012), que además de recoger la medida estatal de suspensión contempla la supresión de la paga extra a altos cargos.
La medida normativa que se prevé aprobar supone que las dos pagas presupuestadas se abonen antes de su devengo, anticipándose el pago de la extra de junio a enero y la de diciembre al mes de julio, contemplándose un horizonte temporal de tres ejercicios presupuestarios, para que en el momento en que el Estado acuerde la restitución, de la forma en que sea, a través de sus leyes de presupuestos, vuelva a coincidir el devengo con el pago.
En definitiva, supone una secuencia adelantada de pagos que en la práctica regulariza el completo abono de los derechos económicos de los empleados públicos.




















