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Mérida | 123
Viernes, 05 de Octubre de 2012

El Ayuntamiento complementará las bajas laborales de los trabajadores municipales

El Ayuntamiento complementará las bajas laborales de los trabajadores municipales en aquellos supuestos que permite el Decreto de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

La Junta de Gobierno Local ha aprobado el conjunto de medidas en materia de personal que entrará en vigor el próximo 14 de octubre y que afecta principalmente a las bajas laborales y a las horas de liberación sindical.

 

Con respecto al primer punto, el alcalde explicaba que “el consistorio emeritense cubrirá hasta el 50% del salario de los trabajadores en los tres primeros días de baja por enfermedad común, el tope que permite el decreto”.

 

“En las bajas por hospitalización, intervención quirúrgica o accidente laboral, la seguridad social paga hasta el 75% del salario y el Consistorio va a completar hasta pagar el 100% del salario, porque en estos casos entiende que el trabajador podría verse muy perjudicado”.

 

“En el resto de casos, las bajas por contingencia común entre el cuarto y el vígesimo día, cobrarán el 60% del salario de la seguridad social y a partir del día 21 el 75%. el consistorio no aportará ninguna mejora en estos casos”.

 

El primer edil, Pedro Acedo, destacaba que “desde el gobierno local defienden a todos los trabajadores municipales pero también considera que hay algunos datos negativos respecto al absentismo laboral que tienen que corregir. Además recuerda que las medidas provienen del gobierno central y que el consistorio solo puede adaptarlas en los supuestos que permite el real decreto”.

 

En cuanto a los liberados sindicales, el Ayuntamiento pasará de tener siete a tener sólo uno, del sindicato CSIF, y la Junta de Personal no podrá agrupar horas del computo total correspondiente a funcionarios y laborales como se venía haciendo hasta ahora.


El Alcalde anunciaba también tres sentencias del tribunal contencioso administrativo favorables al Ayuntamiento.

 

La primera es referida a urbanismo. La empresa Progeval reclamaba 14 millones de euros en un principio, y tras una reducción judicial 1.043.000 euros al Consistorio por silencio administrativo en una reclamación que esta constructora presentó cuando inició un proyecto de urbanización y el ayuntamiento le anunció que tenía que reservar un 25% de las viviendas para VPO. Este dictado municipal, que después se demostró que no era obligatorio, retrasó el proyecto de manera que finalmente tuvo que ser abandonado por la constructora y, por ello, considera que se le habían provocado unos perjuicios por este valor. El contencioso desestima el recurso por varios motivos, entre ellos que Progeval no puede reclamar como empresa este dinero puesto que el proyecto lo asumió como agrupación de interés urbanístico que ya se ha disolvió.

 

Una segunda sentencia en materia de personal desestima el recurso interpuesto por un agente de policía local que fue trasladado a una oficina periférica con un horario fijo de mañana por lo que se le eliminaron de su salario los complementos de nocturnidad y jornada especial. El juzgado de lo contencioso considera que el Ayuntamiento está legitimado para tomar este tipo de decisiones.

 

Una última sentencia referida a un recurso de una empresa de seguridad que reclamaba 3.000 euros al ayuntamiento, también ha sido favorable a los intereses municipales.

 

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