El DOE publica la Orden General de Vedas para la temporada 2012/2013, que simplifica procedimientos y establece los periodos de caza
El Diario Oficial de Extremadura ha publicado la Orden General de Vedas de la temporada de caza 2012/2013, la primera tras la publicación del Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento que regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza.
Se trata, por lo tanto, de una Orden que se limita, casi
exclusivamente, a fijar periodos hábiles de caza dado que la
reglamentación incluida en anteriores Órdenes de Veda ya no es necesaria
al existir el reglamento. El periodo de caza mayor se extiende del 12
de octubre al 17 de febrero, y el de caza menor del 12 de octubre al 6
de enero.
La entrada en vigor de la Orden General de Vedas supone, además, el
cambio del régimen de autorizaciones para las monterías, batidas y
ganchos, que pasan a depender de comunicaciones previas en acciones
ordinarias de caza, y se le da la máxima importancia al Plan de Técnico
de Caza. Para este tipo de acciones sólo será necesario solicitar
autorización cuando se trate de caza por daños.
NOVEDADES EN LOS PERIODOS DE CAZA
En cuanto a sus diferencias con respecto a Órdenes anteriores, en la
caza menor en general se cierra la caza de conejos y liebres con
escopeta el día 6 de enero en lugar del 25 de diciembre, una medida que
se adopta porque se han recuperado las poblaciones de estas especies.
También se alarga el cierre de la caza de zorzal y paloma al 28 de
febrero.
En la media veda se retrasan una semana tanto la apertura como el
cierre a petición del sector, y se aplica un límite de capturas a todas
las especies, no sólo a la tórtola. Se abre el 25 de agosto y se cierra
el 16 de septiembre.
En la perdiz con reclamo se unifican fechas en Cáceres y Badajoz,
fijándola entre el 26 de enero al 3 de marzo.
En la caza por especies, en la liebre se mantiene la prórroga para su
caza con galgos y aves de cetrería hasta día 20 de enero; en el zorzal
se introduce como novedad que no se puede cazar dos días seguidos en la
denominada prórroga siendo los días hábiles jueves y sábados o domingos;
en la codorniz se elimina el trámite de tener que solicitar su caza en
media veda; en el zorro se cierra la temporada de zorros con perros en
madriguera el día 31 de marzo en lugar del 15 de abril; y en becada se
autoriza su caza hasta el 27 de enero con una limitación de tres
ejemplares por cazador.
CAZA MAYOR
Por lo que se refiere a la caza mayor en general, se extiende del 12
de octubre al 17 de febrero, y se regula la caza de jabalí en cotos
privados de caza menor más jabalí.
En cuanto a la caza mayor en acciones individuales, en ciervo y gamo a
rececho se retrasa la apertura en cotos abiertos al día 1 de
septiembre, y en los cotos situados en zonas de macho montés se amplía
el periodo hábil al día 15 de octubre para el ciervo. En jabalí en
espera o rececho se limita el periodo hábil en cotos abiertos, desde el 1
de mayo al 31 de diciembre.
Asimismo, se cambia el concepto de caza selectiva por el de caza de
gestión y se regula, conforme al reglamento.
ANEXOS
Por otra parte, se reduce el número de anexos de la Orden General de
Vedas. Unos anexos que incluyen la valoración de especies, un modelo más
sencillo de planificación de la temporada, nuevos modelos de
comunicación previa y de parte de resultados, y también un nuevo modelo
de solicitud por daños.
Se trata, por lo tanto, de una Orden que se limita, casi exclusivamente, a fijar periodos hábiles de caza dado que la reglamentación incluida en anteriores Órdenes de Veda ya no es necesaria al existir el reglamento. El periodo de caza mayor se extiende del 12 de octubre al 17 de febrero, y el de caza menor del 12 de octubre al 6 de enero.
La entrada en vigor de la Orden General de Vedas supone, además, el cambio del régimen de autorizaciones para las monterías, batidas y ganchos, que pasan a depender de comunicaciones previas en acciones ordinarias de caza, y se le da la máxima importancia al Plan de Técnico de Caza. Para este tipo de acciones sólo será necesario solicitar autorización cuando se trate de caza por daños.
NOVEDADES EN LOS PERIODOS DE CAZA
En cuanto a sus diferencias con respecto a Órdenes anteriores, en la caza menor en general se cierra la caza de conejos y liebres con escopeta el día 6 de enero en lugar del 25 de diciembre, una medida que se adopta porque se han recuperado las poblaciones de estas especies. También se alarga el cierre de la caza de zorzal y paloma al 28 de febrero.
En la media veda se retrasan una semana tanto la apertura como el cierre a petición del sector, y se aplica un límite de capturas a todas las especies, no sólo a la tórtola. Se abre el 25 de agosto y se cierra el 16 de septiembre.
En la perdiz con reclamo se unifican fechas en Cáceres y Badajoz, fijándola entre el 26 de enero al 3 de marzo.
En la caza por especies, en la liebre se mantiene la prórroga para su caza con galgos y aves de cetrería hasta día 20 de enero; en el zorzal se introduce como novedad que no se puede cazar dos días seguidos en la denominada prórroga siendo los días hábiles jueves y sábados o domingos; en la codorniz se elimina el trámite de tener que solicitar su caza en media veda; en el zorro se cierra la temporada de zorros con perros en madriguera el día 31 de marzo en lugar del 15 de abril; y en becada se autoriza su caza hasta el 27 de enero con una limitación de tres ejemplares por cazador.
CAZA MAYOR
Por lo que se refiere a la caza mayor en general, se extiende del 12 de octubre al 17 de febrero, y se regula la caza de jabalí en cotos privados de caza menor más jabalí.
En cuanto a la caza mayor en acciones individuales, en ciervo y gamo a rececho se retrasa la apertura en cotos abiertos al día 1 de septiembre, y en los cotos situados en zonas de macho montés se amplía el periodo hábil al día 15 de octubre para el ciervo. En jabalí en espera o rececho se limita el periodo hábil en cotos abiertos, desde el 1 de mayo al 31 de diciembre.
Asimismo, se cambia el concepto de caza selectiva por el de caza de gestión y se regula, conforme al reglamento.
ANEXOS
Por otra parte, se reduce el número de anexos de la Orden General de Vedas. Unos anexos que incluyen la valoración de especies, un modelo más sencillo de planificación de la temporada, nuevos modelos de comunicación previa y de parte de resultados, y también un nuevo modelo de solicitud por daños.

















