El DOE publica el decreto que regula el programa de escuelas profesionales para jóvenes parados de larga duración sin prestaciones
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado hoy el decreto que regula el Programa de Escuelas Profesionales de la región, dirigido a jóvenes parados de larga duración, de entre 18 y 30 años de edad, sin derecho a percibir prestaciones por desempleo, los cuales compatibilizarán el aprendizaje formal con la práctica profesional en el puesto de trabajo, estimulando la incorporación laboral de este colectivo.
Entre los objetivos de esta acción formativa, destaca la adquisición
de una formación adecuada a las necesidades de las empresas y la
oportunidad de desarrollo de una experiencia formativa en un entorno
empresarial.
La duración de las escuelas profesionales oscilará entre las 200 y
las 400 horas, distribuidas en un porcentaje de entre el 20 y el 40%
para la formación en las instalaciones de la escuela profesional o a
distancia y de entre el 60 al 80% para la formación práctica no laboral
en empresas.
Los proyectos tendrán un mínimo de 5 alumnos y un máximo de 15,
debiendo estar respaldados por un número suficiente de empresarios y
trabajadores autónomos, cumpliéndose al menos la proporción de que por
cada alumno existan autónomos y empresarios que ocupen a 10 trabajadores
a jornada completa de media anual en las empresas que promuevan o se
adhieran a los proyectos.
Las empresas y/o trabajadores autónomos adheridos al programa deberán
comprometerse a contratar, al menos, un 50% de los participantes
formados, durante 180 días en el periodo de los doce meses siguientes a
la finalización de la acción formativa, cualquiera que sea la duración
de los contratos utilizados.
PLAZO
En el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución
de concesión, la entidad beneficiaria tendrá que presentar ante el
correspondiente centro de empleo del Servicio Extremeño Público de
Empleo (SEXPE) los candidatos que tuviese para realizar el proyecto.
Si la empresa no presentase candidatos suficientes, deberá formalizar
una oferta de actividad en el referido plazo, para que el centro de
empleo efectúe una preselección de los demandantes inscritos que reúnan
dichos requisitos. La oferta de actividad deberá presentarse
preferentemente a través de la plataforma web www.extremaduratrabaja.es y
en su defecto en el centro de empleo en cuyo ámbito geográfico se
desarrolle el proyecto.
Los contenidos de la formación estarán preferentemente vinculados a
la oferta formativa de las unidades de competencia de los certificados
de profesionalidad de la ocupación relacionada con el oficio o puesto de
trabajo vinculado con el proyecto.
La formación práctica no laboral se realizará en centros de trabajo
de empresas privadas a la finalización de la formación en las
instalaciones de la escuela profesional o a distancia y con un horario
diario de entre 5 y 7 horas.
La entidad beneficiaria contará, durante el desarrollo de las
prácticas no laborales en empresas, con una persona que las tutorice
para orientar y guiar el óptimo desempeño por el alumnado, elaborar los
instrumentos y definir los criterios necesarios para el seguimiento y la
evaluación de las prácticas. Además, otra persona realizará el
seguimiento de las mismas y la evaluación del alumnado.
El SEXPE podrá emitir un certificado de asistencia a las personas que
finalicen la acción formativa o un diploma a las personas que superen
la formación.
SUBVENCIONES
El decreto que publica hoy el DOE, y que fue aprobado por el Consejo
de Gobierno el pasado 11 de mayo, establece además las bases reguladoras
de las subvenciones públicas para la ejecución del programa en
convocatoria única, por importe global de 2 millones de euros. Se
determinan las ayudas para sufragar gastos derivados de la formación y
para compensar a los alumnos participantes.
La cuantía máxima de la subvención a conceder para la realización del
proyecto de escuela profesional se determinará mediante el producto del
número de horas de la formación en las instalaciones de la escuela
profesional o a distancia, hasta un máximo de 160 horas, por el número
de alumnos formados y por el importe del módulo económico de 8
euros/alumno/hora (modalidad presencial) o 5,5 euros/alumno/hora
(modalidad a distancia).
A esa cuantía se sumará el producto del número de horas de la
formación practica no laboral por el número de alumnos formados y por el
importe del módulo económico de 1,5 euros y más el importe de las
compensaciones por asistencia de los participantes a razón de 3
euros/hora asistida/alumno.
La concesión de las subvenciones se hará de manera directa y mediante
convocatoria abierta, que estará vigente durante un año desde el día
siguiente a su publicación en el DOE.
Este programa de escuelas profesionales de Extremadura se enmarca en
el Programa Extraordinario para Personas Paradas de Larga Duración, que a
su vez forma parte del Plan de Acción Integral de Empleo, Emprendedores
y Empresa (Plan 3E) que el Gobierno extremeño consensuó con los agentes
sociales y económicos más representativos de la región.
Además del decreto que se publica hoy, el Programa Extraordinario
para Personas Paradas de Larga Duración se desarrolla a través de otros
tres decretos, uno de ayudas para la contratación de parados de larga
duración por parte de empresas con menos de 25 trabajadores, otro para
la contratación de este colectivo por parte de entidades locales para
realizar obras y servicios municipales, y el decreto de subvenciones a
talleres de empleo dirigidos a parados de larga duración.
Entre los objetivos de esta acción formativa, destaca la adquisición de una formación adecuada a las necesidades de las empresas y la oportunidad de desarrollo de una experiencia formativa en un entorno empresarial.
La duración de las escuelas profesionales oscilará entre las 200 y las 400 horas, distribuidas en un porcentaje de entre el 20 y el 40% para la formación en las instalaciones de la escuela profesional o a distancia y de entre el 60 al 80% para la formación práctica no laboral en empresas.
Los proyectos tendrán un mínimo de 5 alumnos y un máximo de 15, debiendo estar respaldados por un número suficiente de empresarios y trabajadores autónomos, cumpliéndose al menos la proporción de que por cada alumno existan autónomos y empresarios que ocupen a 10 trabajadores a jornada completa de media anual en las empresas que promuevan o se adhieran a los proyectos.
Las empresas y/o trabajadores autónomos adheridos al programa deberán comprometerse a contratar, al menos, un 50% de los participantes formados, durante 180 días en el periodo de los doce meses siguientes a la finalización de la acción formativa, cualquiera que sea la duración de los contratos utilizados.
PLAZO
En el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución de concesión, la entidad beneficiaria tendrá que presentar ante el correspondiente centro de empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) los candidatos que tuviese para realizar el proyecto.
Si la empresa no presentase candidatos suficientes, deberá formalizar una oferta de actividad en el referido plazo, para que el centro de empleo efectúe una preselección de los demandantes inscritos que reúnan dichos requisitos. La oferta de actividad deberá presentarse preferentemente a través de la plataforma web www.extremaduratrabaja.es y en su defecto en el centro de empleo en cuyo ámbito geográfico se desarrolle el proyecto.
Los contenidos de la formación estarán preferentemente vinculados a la oferta formativa de las unidades de competencia de los certificados de profesionalidad de la ocupación relacionada con el oficio o puesto de trabajo vinculado con el proyecto.
La formación práctica no laboral se realizará en centros de trabajo de empresas privadas a la finalización de la formación en las instalaciones de la escuela profesional o a distancia y con un horario diario de entre 5 y 7 horas.
La entidad beneficiaria contará, durante el desarrollo de las prácticas no laborales en empresas, con una persona que las tutorice para orientar y guiar el óptimo desempeño por el alumnado, elaborar los instrumentos y definir los criterios necesarios para el seguimiento y la evaluación de las prácticas. Además, otra persona realizará el seguimiento de las mismas y la evaluación del alumnado.
El SEXPE podrá emitir un certificado de asistencia a las personas que finalicen la acción formativa o un diploma a las personas que superen la formación.
SUBVENCIONES
El decreto que publica hoy el DOE, y que fue aprobado por el Consejo de Gobierno el pasado 11 de mayo, establece además las bases reguladoras de las subvenciones públicas para la ejecución del programa en convocatoria única, por importe global de 2 millones de euros. Se determinan las ayudas para sufragar gastos derivados de la formación y para compensar a los alumnos participantes.
La cuantía máxima de la subvención a conceder para la realización del proyecto de escuela profesional se determinará mediante el producto del número de horas de la formación en las instalaciones de la escuela profesional o a distancia, hasta un máximo de 160 horas, por el número de alumnos formados y por el importe del módulo económico de 8 euros/alumno/hora (modalidad presencial) o 5,5 euros/alumno/hora (modalidad a distancia).
A esa cuantía se sumará el producto del número de horas de la formación practica no laboral por el número de alumnos formados y por el importe del módulo económico de 1,5 euros y más el importe de las compensaciones por asistencia de los participantes a razón de 3 euros/hora asistida/alumno.
La concesión de las subvenciones se hará de manera directa y mediante convocatoria abierta, que estará vigente durante un año desde el día siguiente a su publicación en el DOE.
Este programa de escuelas profesionales de Extremadura se enmarca en el Programa Extraordinario para Personas Paradas de Larga Duración, que a su vez forma parte del Plan de Acción Integral de Empleo, Emprendedores y Empresa (Plan 3E) que el Gobierno extremeño consensuó con los agentes sociales y económicos más representativos de la región.
Además del decreto que se publica hoy, el Programa Extraordinario para Personas Paradas de Larga Duración se desarrolla a través de otros tres decretos, uno de ayudas para la contratación de parados de larga duración por parte de empresas con menos de 25 trabajadores, otro para la contratación de este colectivo por parte de entidades locales para realizar obras y servicios municipales, y el decreto de subvenciones a talleres de empleo dirigidos a parados de larga duración.

















