El SES recuerda los requisitos que deben cumplir los aparatos de bronceado y los deberes de los usuarios
La Dirección General de Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud quiere recordar, tanto al público en general, como a los usuarios y titulares de los aparatos de bronceado en particular, que existen una serie de requisitos y exigencias que todos deben cumplir, ya que, con la llegada del buen tiempo aumenta el número de personas que hace uso de estas instalaciones.
Dado que estos aparatos de bronceado emiten radiaciones
ultravioletas, hay que utilizarlos con la mayor seguridad, por lo que
los usuarios deben conocer su fototipo de piel; el tiempo máximo de
exposición por sesión y ser consecuentes con ello, así como utilizar
siempre protectores oculares homologados para tal fin y tomar las
sesiones con la piel libre de perfumes y lociones.
También deben respetar un intervalo de 48 horas entre las dos
primeras sesiones y abstenerse de tomar el sol durante las mismas, e
hidratarse la piel una vez finalizada la sesión de bronceado.
No deben recurrir al bronceado mediante rayos ultravioletas las
mujeres embarazadas, las personas alérgicas al sol, los menores de 18
años y las personas que estén tomando medicación que pueda producir
fotosensibilidad.
Del mismo modo,la Dirección General de Salud Pública recomienda a los
usuarios que ante la aparición de cualquier quemadura o anomalía en
piel u ojos, acudan a su médico de familia para su valoración y
tratamiento, y que conserven siempre el ticket del abono de las sesiones
para posibles reclamaciones.
Derechos de los usuarios
Los usuarios de estos centros de bronceado tienen derecho a ser
atendidos por personal cualificado que supervise y les asesore en las
sesiones de rayos UVA; a tener una ficha personalizada donde quede
constancia de su fototipo de piel, tiempo de exposición recomendado,
número de sesiones recibidas, y demás observaciones dignas de destacar.
También tienen derecho a recibir información clara y concisa sobre
los riesgos para la salud que se pueden derivar de la exposición a
aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.
Respecto a las condiciones de higiene y seguridad, debe estar
expuesto al público en lugar bien visible el certificado de revisión del
aparato, que debe realizarse con periodicidad anual, o cuando se
cambien los elementos consumibles del aparato.
Pasar estas revisiones técnicas anuales es obligatorio para todos los
aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas y la
Administración autonómica tiene homologadas empresas dedicadas a tal
fin.
Además, las instalaciones y los materiales deben estar limpios,
desinfectados y en perfecto estado para su utilización, ya que el
personal del centro de bronceado deberá limpiar perfectamente el aparato
después de cada sesión, y mantenerlo en condiciones óptimas de
funcionamiento.
Por otra parte, los centros de bronceado deberán estar inscritos en
el Registro Oficial de Centros de Bronceado dela Comunidad Autónoma de
Extremadura, adscrito a la Consejería de Salud y Política Social, y
tener el certificado a la vista de los usuarios.
Dado que estos aparatos de bronceado emiten radiaciones ultravioletas, hay que utilizarlos con la mayor seguridad, por lo que los usuarios deben conocer su fototipo de piel; el tiempo máximo de exposición por sesión y ser consecuentes con ello, así como utilizar siempre protectores oculares homologados para tal fin y tomar las sesiones con la piel libre de perfumes y lociones.
También deben respetar un intervalo de 48 horas entre las dos primeras sesiones y abstenerse de tomar el sol durante las mismas, e hidratarse la piel una vez finalizada la sesión de bronceado.
No deben recurrir al bronceado mediante rayos ultravioletas las mujeres embarazadas, las personas alérgicas al sol, los menores de 18 años y las personas que estén tomando medicación que pueda producir fotosensibilidad.
Del mismo modo,la Dirección General de Salud Pública recomienda a los usuarios que ante la aparición de cualquier quemadura o anomalía en piel u ojos, acudan a su médico de familia para su valoración y tratamiento, y que conserven siempre el ticket del abono de las sesiones para posibles reclamaciones.
Derechos de los usuarios
Los usuarios de estos centros de bronceado tienen derecho a ser atendidos por personal cualificado que supervise y les asesore en las sesiones de rayos UVA; a tener una ficha personalizada donde quede constancia de su fototipo de piel, tiempo de exposición recomendado, número de sesiones recibidas, y demás observaciones dignas de destacar.
También tienen derecho a recibir información clara y concisa sobre los riesgos para la salud que se pueden derivar de la exposición a aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.
Respecto a las condiciones de higiene y seguridad, debe estar expuesto al público en lugar bien visible el certificado de revisión del aparato, que debe realizarse con periodicidad anual, o cuando se cambien los elementos consumibles del aparato.
Pasar estas revisiones técnicas anuales es obligatorio para todos los aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas y la Administración autonómica tiene homologadas empresas dedicadas a tal fin.
Además, las instalaciones y los materiales deben estar limpios, desinfectados y en perfecto estado para su utilización, ya que el personal del centro de bronceado deberá limpiar perfectamente el aparato después de cada sesión, y mantenerlo en condiciones óptimas de funcionamiento.
Por otra parte, los centros de bronceado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Centros de Bronceado dela Comunidad Autónoma de Extremadura, adscrito a la Consejería de Salud y Política Social, y tener el certificado a la vista de los usuarios.

















