El Tribunal de Justicia de la Unión Europea da la razón a CCOO en su demanda para que el profesorado interino tenga derecho a cobrar sexenios
CCOO de Extremadura señala que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado la razón a CCOO en una demanda presentada por el sindicato “contra la negativa de la Administración a abonar al profesorado interino los complementos salariales conocidos como sexenios”.
Después de una larga campaña de la Federación de Enseñanza
de CCOO, que se inició en 2008 para exigir el pago de estos complementos, “y de
un buen número de sentencias en los tribunales españoles, algunas favorables y
otras desfavorables”, la Justicia europea, de mayor rango en este caso, “estima
que lo que demanda CCOO se ajusta a derecho”.
Ante esta situación, desde la Federación de Enseñanza de
CCOO de Extremadura “se insta a la Consejería de Educación y Cultura a
negociar con los representantes de los trabajadores para proceder al
reconocimiento general de este derecho, sin necesidad de tener que recurrir a
partir de ahora caso por caso a los tribunales de Justicia”.
La sentencia del Tribunal Europeo de Justicia, conocida
esta semana, “da la razón a una demanda tramitada por CCOO, declarando que los
docentes interinos tienen derecho a percibir la misma retribución por formación
que los funcionarios de carrera”.
Basa esta decisión en que considera que ambos ejercen
funciones similares y tienen las mismas obligaciones, en particular en materia
de formación permanente.
Además, “estima que no existe ninguna razón objetiva que
pueda justificar el no reconocimiento del derecho e indica expresamente que la
naturaleza temporal del servicio que presta una persona funcionaria interina no
puede constituir un motivo para ello”.
En su Auto, el Tribunal declara la improcedencia de
la legislación española al oponerse a la normativa europea, “dado que excluye a
los interinos del derecho a percibir este complemento salarial sin razones
objetivas, pese a encontrarse en situaciones comparables a priori”.
Después de una larga campaña de la Federación de Enseñanza de CCOO, que se inició en 2008 para exigir el pago de estos complementos, “y de un buen número de sentencias en los tribunales españoles, algunas favorables y otras desfavorables”, la Justicia europea, de mayor rango en este caso, “estima que lo que demanda CCOO se ajusta a derecho”.
Ante esta situación, desde la Federación de Enseñanza de CCOO de Extremadura “se insta a la Consejería de Educación y Cultura a negociar con los representantes de los trabajadores para proceder al reconocimiento general de este derecho, sin necesidad de tener que recurrir a partir de ahora caso por caso a los tribunales de Justicia”.
La sentencia del Tribunal Europeo de Justicia, conocida esta semana, “da la razón a una demanda tramitada por CCOO, declarando que los docentes interinos tienen derecho a percibir la misma retribución por formación que los funcionarios de carrera”.
Basa esta decisión en que considera que ambos ejercen funciones similares y tienen las mismas obligaciones, en particular en materia de formación permanente.
Además, “estima que no existe ninguna razón objetiva que pueda justificar el no reconocimiento del derecho e indica expresamente que la naturaleza temporal del servicio que presta una persona funcionaria interina no puede constituir un motivo para ello”.
En su Auto, el Tribunal declara la improcedencia de
la legislación española al oponerse a la normativa europea, “dado que excluye a
los interinos del derecho a percibir este complemento salarial sin razones
objetivas, pese a encontrarse en situaciones comparables a priori”.
















