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Bartolomé Quero de Sevilla
Jueves, 05 de Noviembre de 2020 Actualizada Jueves, 05 de Noviembre de 2020 a las 13:40:31 horas

La responsabilidad del peatón

La conocida como Ley de Seguridad Vial  tiene por objeto, como dice en su artículo Primero, regular el tráfico, la circulación de vehículos a motor y la seguridad vial.
Pero esta ley no solo contiene derechos y obligaciones para los conductores de vehículos a motor, sino que también regula los derechos de los peatones y por supuesto, no son ilimitados...
Así estamos hartos de ver cómo la gente cruza los pasos de peatones con los cascos para oír la radio o la música, lo que les impide escuchar el claxon de los coches o voces de aviso de otros peatones, y muchas, muchas veces, mirando el móvil sin percatarse de si viene o no algún vehículo.
Hay incluso casos extremos, donde, aun cuando el coche está ya dentro del paso de peatones o prácticamente llegando a él, se tiran literalmente al mismo, obligando muchas veces al conductor a realizar una frenada brusca.
Existe la falsa creencia entre los viandantes, de que cuando llegan a un paso de peatones, el mundo de la circulación de vehículos se tiene que parar de forma radical, porque es su derecho a cruzar la calle por ese lugar y todo lo demás que ocurra será culpa del conductor.
Pues no. Eso no es así. SI el vehículo está ya dentro del paso de peatones o incluso llegando a él, el que tiene preferencia es el vehículo y no el peatón.
Téngase en cuenta que en población,  aunque la velocidad esté limitada a 30 Km por hora, si el vehículo está ya dentro del paso de peatones o a escasa distancia, ya no le dará tiempo a frenar y el peatón será atropellado, pero en este caso la responsabilidad no recaerá sobre el conductor, sino sobre el peatón.
El problema está en demostrar que ha ocurrido de esa forma, pues en estos casos, el peatón tiene una presunción en su favor y es el conductor quien, para eludir su responsabilidad, tendrá que acreditar que el peatón cruzó el paso de peatones de forma irregular.
Por otro lado, en estos casos de atropello de peatones, aunque no lo sean en pasos de cebra, las compañías de seguros no se complican y asumen la culpa de su asegurado, prácticamente en el cien por cien de los casos.
Pero como ya les comentaba en otro artículo, de qué  nos vale que, aunque la culpa sea nuestra, se la atribuyan al vehículo, si, en el mejor de los casos, nos han dejado cojos, mancos o con cualquier otra lesión permanente.
Por eso, mucho cuidado. Antes de cruzar el paso de cebra percatémonos de que el conductor del vehículo nos ha visto y se le ve intención de parar, pues si cruzamos de forma repentina puede ser que no le dé tiempo a frenar y acabemos en el Hospital. Saludos

 

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