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Bartolomé Quero de Sevilla
Miércoles, 09 de Enero de 2019 Actualizada Miércoles, 09 de Enero de 2019 a las 14:29:06 horas

Los patinetes eléctricos

Las leyes siempre van un paso por detrás de la actualidad y así seguirá siendo porque es muy difícil que el legislador prevea situaciones futuras en la mayoría de los casos.
Digo esto porque el regalo estrella de estas navidades es el patinete eléctrico, hasta ahora considerado como juguete. ¿Quién no ha tenido un patinete de pequeño? Lo que ocurre es que la cosa se ha desbordado y lo que era un simple juguete al que se le empujaba con el pie, ha pasado a ser prácticamente un vehículo de motor, como pueden ser los ciclomotores.
La Dirección General de Tráfico está trabajando en la elaboración de un proyecto que regule la utilización de estos patinetes eléctricos, porque se han dado cuenta del peligro que entrañan estos aparatos. Ya saben que una mujer falleció por el atropello de uno de ellos.
Pues bien, aún no sabemos que es lo que están barajando, pero ya se oye que se va a prohibir su uso por las aceras, y por ende, por las calles peatonales, y se les va a obligar a circular por la calzada, lo que les va a convertir, de hecho, y ojalá de derecho, en un vehículo más.
Esto está muy bien, para la seguridad de los peatones que andan por aceras y calles peatonales, pero para los vehículos que circulan por calles y carreteras va a suponer un peligro considerable, porque si no se van a exigir unos mínimos conocimientos de normas de circulación, es meter una bomba en medio del tráfico de  las ciudades.
Pero pensemos un poco más adelante. Qué pasa si un patinete de éstos provoca un accidente de circulación. ¿Se les va a exigir un Seguro de Responsabilidad Civil como a los ciclomotores? Si no se les exige, estamos vendidos los demás conductores.
Pero hay más. Y esto va por los padres que han decidido regalar uno de estos patinetes a sus hijos, y no quiero estropearles el regalo, pero si el patinete lo conduce un menor de edad, todo el daño que cause a los demás, (muerte, lesiones, daños materiales, etc,) lo va a tener que pagar el padre o la madre, que en el momento del accidente tenga la custodia del menor. Y si no hay dinero para pagar, pues el dinero del banco, la nómina, el coche, la parcela, el campo, la casa, etc. podrá ser embargado.
Y seguramente las compañías de seguros ofertarán un seguro de responsabilidad civil para estos aparatos, pero si van a ser conducidos por un menor de 25 años, ya saben, la póliza nos puede costar tanto como la de un ciclomotor.
En fin.  Veremos a ver si la Ley que pretenden sacar no condena estos aparatos al ostracismo.
Saludos y que los Reyes les traigan lo que han pedido. (Nunca lo hacen).

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