Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Mérida declaró en 2011 reglamentarias las armas de la Policía Local de Montijo
En nota de rectificación a lo señalado en el escrito de CSi-F esta misma mañana y en la que indicaban que la Policía Local de Montijo "patrulla con armas no reglamentarias", la propia Policía Local de Montijo afirma que:
"En relación a las informaciones aparecidas el día 17 de marzo de 2015 en diversos medios de comunicación en las que se afirma que según alerta el sindicato CSI-F "la plantilla de la Policía Local de Montijo "patrulla con armas no reglamentarias", por lo que "no cumplen con la normativa legal vigente en Extremadura", desde 2008, y en la que se dicta la obligatoriedad de portar otro tipo de armas que el que se usa actualmente". También el que "20 de los 23 miembros que componen la plantilla de la Policía Local de Montijo están usando en su trabajo un revólver del calibre 38 especial de cuatro pulgadas que "no se ajusta a lo establecido en su día por el Ejecutivo regional que al que dictamina claramente que deben utilizar una pistola de 9mm parabellum". Resultando palmario que la divulgación de lo anterior está causando graves perjuicios al buen nombre y honor del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Montijo.
Así las cosas, desde el Cuerpo de la Policía Local de Montijo se desea hacer constar lo siguiente, con independencia de las acciones legales que le pudieran asistir al objeto de restablecer su buen nombre y honor:
ÚNICO.- Por contra a lo afirmado por parte del Sindicato CSI-F en nota de prensa de 17 marzo 2015 debe destacarse el hecho de que la dotación por parte del Ayuntamiento de Montijo del arma reglamentaria, revolver, calibre 38 especial y cañón 4 pulgadas para prestar el servicio de Policía Local ha sido DECLARADA CONFORME A DERECHO por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Mérida (Badajoz) mediante Sentencia número 240/2011, de 29 de julio de 2011, la cual actualmente tiene carácter de firme y efectos de cosa juzgada."
El texto de rectificación viene acompañado de la Sentencia del Juzgado, que pueden descargar haciendo click en archivos adjuntos.
"En relación a las informaciones aparecidas el día 17 de marzo de 2015 en diversos medios de comunicación en las que se afirma que según alerta el sindicato CSI-F "la plantilla de la Policía Local de Montijo "patrulla con armas no reglamentarias", por lo que "no cumplen con la normativa legal vigente en Extremadura", desde 2008, y en la que se dicta la obligatoriedad de portar otro tipo de armas que el que se usa actualmente". También el que "20 de los 23 miembros que componen la plantilla de la Policía Local de Montijo están usando en su trabajo un revólver del calibre 38 especial de cuatro pulgadas que "no se ajusta a lo establecido en su día por el Ejecutivo regional que al que dictamina claramente que deben utilizar una pistola de 9mm parabellum". Resultando palmario que la divulgación de lo anterior está causando graves perjuicios al buen nombre y honor del Cuerpo de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Montijo.
Así las cosas, desde el Cuerpo de la Policía Local de Montijo se desea hacer constar lo siguiente, con independencia de las acciones legales que le pudieran asistir al objeto de restablecer su buen nombre y honor:
ÚNICO.- Por contra a lo afirmado por parte del Sindicato CSI-F en nota de prensa de 17 marzo 2015 debe destacarse el hecho de que la dotación por parte del Ayuntamiento de Montijo del arma reglamentaria, revolver, calibre 38 especial y cañón 4 pulgadas para prestar el servicio de Policía Local ha sido DECLARADA CONFORME A DERECHO por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Mérida (Badajoz) mediante Sentencia número 240/2011, de 29 de julio de 2011, la cual actualmente tiene carácter de firme y efectos de cosa juzgada."
El texto de rectificación viene acompañado de la Sentencia del Juzgado, que pueden descargar haciendo click en archivos adjuntos.




















