Campaña del INCOEX sobre papel de aluminio y film transparente revela que la longitud de todas las muestras analizadas es inferior a la declarada en el envase
Una campaña de control de los envases de papel de aluminio y film transparente de plástico para uso doméstico desarrollada por el Instituto de Consumo de Extremadura (INCOEX) ha concluido que la longitud de todas las muestras analizadas era muy inferior a las especificadas en el embalaje.
Para llevar a cabo esta investigación, el INCOEX se ha basado en lo
estipulado en el Reglamento de Etiquetado, Presentación y Publicidad de
los Productos Industriales Destinados a su Venta Directa a los
Consumidores y Usuarios y en la normativa europea sobre materiales y
objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
El objetivo de esta campaña, cuyos resultados se acaban de conocer,
era verificar el cumplimiento de las determinaciones establecidas en la
norma.
Para ello, agentes de consumo han realizando inspecciones en
diferentes establecimientos de la región en los que han recogido un
total de 16 muestras de diferentes marcas, que han sido analizadas en
laboratorio del INCOEX incidiendo en dos factores, las dimensiones de
este tipo de productos industriales y el etiquetado obligatorio que
deben poseer.
APERTURA DE EXPEDIENTE SANCIONADOR
El resultado ha sido que de todas ellas, ninguna cumplía la longitud
declarada por el fabricante y en todas ellas era “muy inferior” al
especificado en el envase, por lo que el INCOEX ha abierto los
correspondientes expedientes sancionadores.
El resto de determinaciones no conformes se refieren a aspectos de
etiquetado y la presentación del producto, como por ejemplo no incluir
las instrucciones para un uso adecuado y seguro así como leyendas de
advertencia, algo no se hizo en el 18,75 por ciento de las muestras
analizadas.
En un 31,25 % no figuraba el domicilio del responsable; en un 18,75
no se indicaba el nombre, razón social o marca; y en un 25 % no se
apuntaba la referencia del producto.
Para llevar a cabo esta investigación, el INCOEX se ha basado en lo estipulado en el Reglamento de Etiquetado, Presentación y Publicidad de los Productos Industriales Destinados a su Venta Directa a los Consumidores y Usuarios y en la normativa europea sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
El objetivo de esta campaña, cuyos resultados se acaban de conocer, era verificar el cumplimiento de las determinaciones establecidas en la norma.
Para ello, agentes de consumo han realizando inspecciones en diferentes establecimientos de la región en los que han recogido un total de 16 muestras de diferentes marcas, que han sido analizadas en laboratorio del INCOEX incidiendo en dos factores, las dimensiones de este tipo de productos industriales y el etiquetado obligatorio que deben poseer.
APERTURA DE EXPEDIENTE SANCIONADOR
El resultado ha sido que de todas ellas, ninguna cumplía la longitud declarada por el fabricante y en todas ellas era “muy inferior” al especificado en el envase, por lo que el INCOEX ha abierto los correspondientes expedientes sancionadores.
El resto de determinaciones no conformes se refieren a aspectos de etiquetado y la presentación del producto, como por ejemplo no incluir las instrucciones para un uso adecuado y seguro así como leyendas de advertencia, algo no se hizo en el 18,75 por ciento de las muestras analizadas.
En un 31,25 % no figuraba el domicilio del responsable; en un 18,75 no se indicaba el nombre, razón social o marca; y en un 25 % no se apuntaba la referencia del producto.

















