El DOE publica las ayudas para financiar las tasas municipales por inicio de actividad empresarial o profesional
El Diario Oficial de Extremadura publica en su edición de hoy el decreto 167/2012 por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar los gastos por el abono de tasas municipales necesarias para el inicio de actividades empresariales o profesionales en la comunidad autónoma.
Estas ayudas, que por primera vez se ponen en marcha en la región
extremeña, se enmarcan en el Plan de Acción Integral Empleo,
Emprendedores y Empresa (Plan 3E) y tienen como objetivo fomentar el
comienzo de la actividad empresarial y la creación de empleo por cuenta
propia.
La primera convocatoria de esta línea de ayudas está dotada con
300.000 euros. Las subvenciones serán para financiar el 100% de los
gastos en las tasas locales para poner un negocio en marcha, con un
límite de 1.000 euros por beneficiario.
El tejido productivo de Extremadura está sustentado principalmente
por autónomos y pymes, por ello estas ayudas van destinadas a estos
sectores que, por sus características, resultan más vulnerables a la
hora de iniciar una actividad empresarial. Asimismo, en la apuesta del
Gobierno regional por el emprendimiento como valor estratégico para la
región, estas ayudas facilitarán la puesta en marcha de empresas.
En este sentido el Plan 3E contempla entre las acciones dirigidas a
los emprendedores, la financiación del 100% de los gastos que tengan que
abonar las personas físicas y pymes en concepto de tasas locales a la
hora de iniciar un negocio o actividad profesional.
La convocatoria de estas ayudas puede consultarse además de en el
Diario Oficial de Extremadura (DOE) en el Portal de Subvenciones de la
comunidad. Además se puede descargar del portal www.gobex.es y también
en www.extremaduraempresarial.es.
Podrán ser objeto de subvención los gastos en que incurran los
beneficiarios por el pago de las tasas exigidas por los ayuntamientos de
la región desde el inicio de cada anualidad hasta la fecha de fin de
vigencia señalada en la convocatoria y siempre que dicho pago sea
necesario para que los interesados puedan iniciar sus respectivas
actividades profesionales o empresariales.
Podrán solicitarse estas subvenciones para financiar los costes de
tasas locales por inicio de actividad de aquellas empresas creadas desde
el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012. El plazo para presentar
las solicitudes se inicia mañana y finalizará el 31 de diciembre de
2012.
Las solicitudes han de presentarse en las oficinas de registro de la
Consejería de Empleo, Empresa e Innovación o en cualquier oficina de
registro de la Administración extremeña.
Podrán beneficiarse de esta línea de ayudas las personas físicas así
como pequeñas y medianas empresas, además de las comunidades de bienes y
sociedades civiles, que comiencen una nueva actividad empresarial o que
la hayan iniciado en 2012.
GASTOS DE TASAS MUNICIPALES
Los beneficiarios podrán solicitar estas ayudas para financiar los
gastos de determinadas tasas municipales por prestación de servicios o
actividades administrativas, tales como realización de documentos,
autorizaciones para el empleo de placas, concesión de licencias
urbanísticas y de apertura de establecimientos, entre otros conceptos.
En definitiva, podrán ser objeto de subvención los gastos derivados
del pago obligatorio de tasas exigidas por los ayuntamientos extremeños
para poner en marcha un negocio, con el objeto de facilitar y estimular
toda iniciativa emprendedora en la región.
La primera convocatoria de esta línea de ayudas está dotada con 300.000 euros. Las subvenciones serán para financiar el 100% de los gastos en las tasas locales para poner un negocio en marcha, con un límite de 1.000 euros por beneficiario.
El tejido productivo de Extremadura está sustentado principalmente por autónomos y pymes, por ello estas ayudas van destinadas a estos sectores que, por sus características, resultan más vulnerables a la hora de iniciar una actividad empresarial. Asimismo, en la apuesta del Gobierno regional por el emprendimiento como valor estratégico para la región, estas ayudas facilitarán la puesta en marcha de empresas.
En este sentido el Plan 3E contempla entre las acciones dirigidas a los emprendedores, la financiación del 100% de los gastos que tengan que abonar las personas físicas y pymes en concepto de tasas locales a la hora de iniciar un negocio o actividad profesional.
La convocatoria de estas ayudas puede consultarse además de en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) en el Portal de Subvenciones de la comunidad. Además se puede descargar del portal www.gobex.es y también en www.extremaduraempresarial.es.
Podrán ser objeto de subvención los gastos en que incurran los beneficiarios por el pago de las tasas exigidas por los ayuntamientos de la región desde el inicio de cada anualidad hasta la fecha de fin de vigencia señalada en la convocatoria y siempre que dicho pago sea necesario para que los interesados puedan iniciar sus respectivas actividades profesionales o empresariales.
Podrán solicitarse estas subvenciones para financiar los costes de tasas locales por inicio de actividad de aquellas empresas creadas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012. El plazo para presentar las solicitudes se inicia mañana y finalizará el 31 de diciembre de 2012.
Las solicitudes han de presentarse en las oficinas de registro de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación o en cualquier oficina de registro de la Administración extremeña.
Podrán beneficiarse de esta línea de ayudas las personas físicas así como pequeñas y medianas empresas, además de las comunidades de bienes y sociedades civiles, que comiencen una nueva actividad empresarial o que la hayan iniciado en 2012.
GASTOS DE TASAS MUNICIPALES
Los beneficiarios podrán solicitar estas ayudas para financiar los gastos de determinadas tasas municipales por prestación de servicios o actividades administrativas, tales como realización de documentos, autorizaciones para el empleo de placas, concesión de licencias urbanísticas y de apertura de establecimientos, entre otros conceptos.
En definitiva, podrán ser objeto de subvención los gastos derivados del pago obligatorio de tasas exigidas por los ayuntamientos extremeños para poner en marcha un negocio, con el objeto de facilitar y estimular toda iniciativa emprendedora en la región.

















