La Justicia avala la legalidad de la supresión de privilegios de ex altos cargos y personal eventual
La Justicia avala al Gobierno de Extremadura en su decisión de eliminar los privilegios que mantenían los ex altos cargos y personal eventual de la Administración regional tras cesar en el cargo.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Mérida ha dictado
con fecha 13 de julio, sendas sentencias por las que desestima las
pretensiones de los ex altos cargos de la Junta de Extremadura, así como
del personal eventual de la misma, respecto del mantenimiento de las
cuantías de los complementos especiales que les fueron reconocidos por
la normativa anterior a la Ley de Presupuestos de la Comunidad para
2012. La sentencia, que es firme, condena en costas para los
recurrentes.
Como se recordará, la vigente Ley de Presupuestos, ante la difícil
situación económica por la que atraviesa nuestra Comunidad Autónoma,
racionaliza y elimina los privilegios reconocidos a dichos colectivos de
manera sucesiva desde 1992 y 1998 respectivamente.
Como reacción a dicha medida, muchos de los afectados interpusieron
demanda ante los correspondientes juzgados de lo
contencioso-administrativo, contra las nóminas de los meses de febrero
de 2012 y siguientes, a la vez que solicitaban del juzgado el
planteamiento ante el Tribunal Constitucional de la Cuestión de
Inconstitucionalidad, por entender que la Ley de Presupuestos de 2012
vulneraba, en este particular, algunos de sus derechos fundamentales,
siendo ambas peticiones desestimadas por el Juzgado.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Mérida ha dictado con fecha 13 de julio, sendas sentencias por las que desestima las pretensiones de los ex altos cargos de la Junta de Extremadura, así como del personal eventual de la misma, respecto del mantenimiento de las cuantías de los complementos especiales que les fueron reconocidos por la normativa anterior a la Ley de Presupuestos de la Comunidad para 2012. La sentencia, que es firme, condena en costas para los recurrentes.
Como se recordará, la vigente Ley de Presupuestos, ante la difícil situación económica por la que atraviesa nuestra Comunidad Autónoma, racionaliza y elimina los privilegios reconocidos a dichos colectivos de manera sucesiva desde 1992 y 1998 respectivamente.
Como reacción a dicha medida, muchos de los afectados interpusieron demanda ante los correspondientes juzgados de lo contencioso-administrativo, contra las nóminas de los meses de febrero de 2012 y siguientes, a la vez que solicitaban del juzgado el planteamiento ante el Tribunal Constitucional de la Cuestión de Inconstitucionalidad, por entender que la Ley de Presupuestos de 2012 vulneraba, en este particular, algunos de sus derechos fundamentales, siendo ambas peticiones desestimadas por el Juzgado.

















