Martes, 09 de Junio de 2026

Actualizada Martes, 09 de Junio de 2026 a las 13:57:08 horas

| 148
Miércoles, 04 de Noviembre de 2009
Tribuna Jurídica

Todos somos iguales ante la Ley

El Artículo 14 de la Constitución Española dice:


Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


MENTIRA.


Hace poco, los medios de comunicación se hicieron eco de un asunto de violencia doméstica que se salía un poco del modelo común por no ser muy habitual. Se trataba de la trifulca habida entre el Juez Decano de Barcelona y su esposa,a la sazón Notaria de la misma ciudad (a estos dos no creo que les afecte la crisis).


El asunto era un poco delicado, pues si un Juez es condenado como autor de un delito de esta categoría, en cuanto sea firme la sentencia, pierde su condición de Juez y, por ende, su trabajo como tal.


Los qe nos dedicamos a esto de las leyes sabemos que el criterio de Fiscales y Jueces a la hora de calificar estos hechos es que, siempre que haya convivencia entre la pareja, el asunto , por insignificante que sea, aunque se trate de un solo arañazo con una uña,  es siempre constitutivo de un Delito de Violencia en el ámbito familiar y son muchas las personas, aquí mismo en Montijo, sin ir mas lejos, que están pagando las consecuencias de  una simple riña; unos barriendo las calles, otros pagando multas  y algunos, incluso, en el Cenrto Penitenciario de la Carretera de Olivenza.


Pues bien, con estos antecedentes, en el caso del Juez Decano de Barcelona, yo esperaba que, del mismo modo que cualquier obrero, empleado,uncionario,comerciante etc., fuera condenado por un delito de Violencia en el ámbito familiar, pues había convivencia de la pareja y la esposa y él , presentaban lesiones, aunque fueran leves.


Pues no. La sentencia dictada por la Justicia, no considera los hechos constitutivos de delito, (pues ello conllevaría que el Juez perdiese su carrera), sino como constitutivos de una falta.


Mi sorpresa fue mayúscula cuando vi que no se aplicó el mismo criterio que al  obrero, empleado, funcionario o comerciante y por ello intenté hacerme de la Sentencia para ver cuál era el argumento exculpatorio.Los Jueces consideraron que, puesto que había sido la primera vez y no existían antecedentes de denuncias en la pareja, la violencia ejercida sobre la esposa solo podía considerarse una falta, castigada con una multa pequeña,  que nada le va a suponer pues tendrá un buen sueldo, y continuará ejerciendo sus funciones de Juez.


No es justo. Conozco en Montijo multitud de casos, exactamente iguales que éste y están condenados por Delito, lo que les convierte, como su propio nombre inidica en delincuentes y están, como decía antes, barriendo calles, pagando multas cuantiosas, ( las multas por delito son mucho mas caras que por una falta) e incluso algunos en el centro Penitenciario de Badajoz.


Por ello y aunque esta Sentencia no crea Jurisprudencia, recomiendo todo el que tenga una riña con su pareja y sea la primera vez que le denuncia, que cuando le ofrezcan en el Juzgado someterse a un Juicio rápido por Delito, no lo haga y defienda con uñas y dientes, que su actuación, como la del Juez de Barcelona, solo puede ser calificada jurídcamente como una falta, y , entonces, al menos en este caso, si seremos todos iguales ante la ley.

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.