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Martes, 07 de Diciembre de 2010

La legalización de vivienda en el suelo rústico

El pasado 20 de Octubre de 2010, el Diario Oficial de Extremadura publicaba la Ley 19/2010 de 18 de Octubre que modifica la Ley 15/2001 de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, que añade a ésta una Disposición Adicional Quinta que es la que contiene las normas necesarias para la legalización de todas esas viviendas clandestinas que se han construido en los últimos años en suelo rústico y sin licencia.

Sinceramente, después de leer detenidamente las normas que regulan este tema, me da la impresión de que apenas se van a legalizar un 10% de las existentes, entre otras cosas por lo que ocurre siempre con los políticos, que dicen que van a facilitar las cosas y cada vez lo hacen mas complicado.

En el caso que les hablo, el que tiene que dar el primer paso es el Ayuntamiento, esto es la Concejalía de Urbanismo que ha de preparar una Memoria descriptiva y justificativa de la actuación urbanística, (entiéndase de la zona que se pretende legalizar), que deberá contener un Plan de viabilidad que incluya el tan conocido ya, Informe de Impacto Ambiental emitido por la Consejería de Medio Ambiente, la recalificación del suelo aprobada por la Consejería de Agricultura, las infraestructuras y los servicios con que ha de contar la zona, etc, y todo ello debe ser sometido a la aprobación de la Consejería de la Junta de Extremadura que, en el momento que se pretenda su aprobación, tenga competencias en materia de urbanismo.

Además, como en estos casos, ya no puede cederse suelo al Municipio, como ocurre cuando se urbaniza una zona en el casco urbano, los propietarios deben sustituir esta cesión de suelo por el pago de una cantidad en metálico al Ayuntamiento, deben constituir también lo que la Ley denomina una entidad urbanística de conservación, que es como una asociación en la que forzosamente se va a integrar, quieran o no quieran, a todos los propietarios, que se compromete a llevar a cabo aquellos servicios que tenemos en el caso urbano, como es la conservación de las calles, en este caso, caminos, recogida de basuras, alumbrado,etc y, transcurridos diez años desde que empiece a andar esa Asociación, será el Ayuntamiento quien se hará cargo de esos servicios.

Por supuesto. también habrán de solicitar y pagar los propietarios de las viviendas, la licencia de obra que no pagaron en su día y las contribuciones; luego habrá que ir a la Notaría a otorgar la Escritura de Declaración de Obra Nueva, pagar los Impuestos correspondientes en la junta de Extremadura y pasarla por el registro de la Propiedad.
En fin, la legalización de estas segundas residencias ya es posible, pero veremos como acaba esto y si no fue solo una promesa electoral para conseguir votos.

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